La comunidad quillasinga de Mocondino (municipio de San juan de Pasto, Colombia), el día domingo 29 de abril de 2012, congregada en el territorio ancestral de la comunidad, amparados en la normatividad sobre pueblos indígenas, desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 27, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (Ley 21 de 1991), los artículos 7, 8, 10, 11, 40, 63, 70, 72, 79, 93, 246, 285, 330 y 365 de la Constitución Política de Colombia, la ley 89 de 1890 y demás normatividad sobre materia indígena, reconstituyeron sus autoridades propias para defender su territorio de lo que consideran injusto.
Para aquellos que piensan que el autorreconocimiento no otorga a las comunidades indígenas derechos frente al Estado, se equivocan. No es el Estado quien decide dónde existe o no comunidades indígenas: son ellas las que saltan hacia la normatividad como formas propias de gobierno y ejercicio de poder. Así lo establece la ley 21 de 1991, que forma parte de lo que se denomina bloque de constitucionalidad.
Música de fondo: Ecos de los Andes de Kodo
Cámara Alirio C. Rosero.
El día viernes 8 de junio del presente año, mientras la comunidad indígena hacía presencia en la zona de trabajos de Devinar S.A. en su territorio, exigiendo el respeto por el mismo, alguien ordenó al ESMAD desalojar mediante la fuerza a la comunidad, agrediendo a sus integrantes de forma injustificable, sin importar que defendiendo el territorio se encontraban niños, mujeres, mayores y hombres armados únicamente con la fuerza de la indignación y la palabra.
El Gobierno no puede seguir pensando que los intereses económicos están por encima de los intereses de las personas. Si algo faltó en la jornada, fue la presencia del gobierno para defender a la comunidad, no de sus mecanismos de represión brutal al servicio de los intereses económicos supuestamente de "todos", sino de dirigentes capaces de concertar soluciones.
Autoridades del Cabildo de Mocondino
Silvio Naspirán (Gobernador)
Isidro Jojoa (Gobernador Suplente)
Juan Carlos Criollo (Alcalde)
José Benjamín Jojoa (Alcalde)
Francisco Jojoa (Alcalde)
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